Jubileo 2025. Normas para obtener la indulgencia plenaria

15 mayo 2024

La indulgencia, don inestimable de la misericordia divina, es uno de los “signos” peculiares de los Años jubilares. El lunes 13 de mayo, la Penitenciaría Apostólica ha dado a conocer las Normas sobre la concesión de la Indulgencia durante el Jubileo de 2025. La Indulgencia, escriben, citando lo que afirma el Papa Francisco en la Bula de Convocación del Jubileo, Spes non confundit, es «una gracia jubilar» que «permite descubrir cuán ilimitada es la misericordia de Dios». También con ocasión del próximo Jubileo, por voluntad del Santo Padre, la Penitenciaría «pretende motivar los ánimos de los fieles para desear y alimentar el pío deseo de obtener la Indulgencia» y por ello ha establecido algunas prescripciones y pautas para los peregrinos.

 

Podrán recibir la indulgencia, con la remisión y el perdón de los pecados, todos los fieles «verdaderamente arrepentidos» y «movidos por espíritu de caridad», «que, en el curso del Año Santo, purificados a través del sacramento de la penitencia y alimentados por la Santa Comunión, oren por las intenciones del Sumo Pontífice», se lee en las Normas. Siguiendo las disposiciones de la Penitenciaría, firmadas por el Penitenciario Mayor, S.E. el cardenal Angelo De Donatis, la indulgencia se podrá aplicar «a las almas del Purgatorio en forma de sufragio».

 

Los fieles, “peregrinos de esperanza”, podrán conseguir la Indulgencia si emprenderán una peregrinación hacia cualquier lugar sagrado jubilar, hacia al menos una de las cuatro Basílicas Papales Mayores de Roma, en Tierra Santa o en otras circunscripciones eclesiásticas, y participando en un momento de oración, celebración o reconciliación. También si «visitarán devotamente cualquier lugar jubilar», viviendo momentos de adoración eucarística y meditación, concluyendo con el Padre Nuestro, la Profesión de Fe e invocaciones a María. Además, con ocasión del Jubileo, se podrá conseguir la Indulgencia, con las mismas condiciones, poniéndose en camino también hacia otros lugares sagrados en Roma, como otras Basílicas y Santuarios históricos, las iglesias de los caminos jubilares dedicadas al Iter Europaeum y las iglesias dedicadas a las Mujeres Patronas de Europa y Doctoras de la Iglesia (los detalles sobre las iglesias y caminos jubilares se pueden consultar en este sitio).

 

Asimismo, visitando otros lugares del mundo, como, entre otros, «las dos Basílicas Papales menores de Asís: de San Francisco y de Santa María de los Ángeles; las Basílicas Pontificias de la Virgen de Loreto, de la Virgen de Pompeya, de San Antonio de Padua». En caso de grave impedimento, los fieles «verdaderamente arrepentidos que no podrán participar en las solemnes celebraciones, en las peregrinaciones y en las pías visitas», podrán conseguir la indulgencia jubilar, con las mismas condiciones, si «recitarán en la propia casa o ahí donde el impedimento les permita, el Padre Nuestro, la Profesión de Fe en cualquier forma legítima y otras oraciones conforme a las finalidades del Año Santo, ofreciendo sus sufrimientos o dificultades de la propia vida».

 

Otra modalidad para conseguir la indulgencia serán las «obras de misericordia y de penitencia, con las cuales se testimonia la conversión emprendida». Los fieles, «siguiendo el ejemplo y el mandato de Cristo», son estimulados «a realizar más frecuentemente obras de caridad o misericordia, principalmente al servicio de aquellos hermanos que se encuentran agobiados por diversas necesidades». Asimismo, si se dirigirán a visitar «a los hermanos que se encuentran en necesidad o en dificultad (enfermos, encarcelados, ancianos en soledad, personas con capacidades diferentes…), como realizando una peregrinación hacia Cristo presente en ellos».

 

El «espíritu penitencial», se lee también en las Normas, «es como el alma del Jubileo» y, por tanto, la indulgencia podrá ser conseguida también «absteniéndose, en espíritu de penitencia, al menos durante un día de distracciones banales (reales y también virtuales) y de consumos superfluos, así como otorgando una proporcionada suma de dinero a los pobres, o sosteniendo obras de carácter religioso o social, especialmente en favor de la defensa y protección de la vida». Y también dedicando una adecuada parte del propio tiempo libre a actividades de voluntariado.

 

El texto completo de las Normas se puede consultar en el link: https://press.vatican.va/content/salastampa/it/bollettino/pubblico/2024/05/13/0392/00808.html#es